La Marina Mercante prepara una reforma de las titulaciones náuticas en España

Reactivar el sector náutico es el objetivo principal que se ha marcado el gobierno  de España con la reforma de las titulaciones náuticas. De este modo, se pretende adecuar el sector a las demandas de los diferentes subsectores y ganar en competitividad y dinamización del mercado, sin olvidar la seguridad humana en la mar. La modificación de la normativa ha sido impulsada por ANEN y ejecutada por la Dirección General de la Marina Mercante.

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Las titulaciones sufrirán una reforma

El texto de la Orden Ministerial que regulará las titulaciones para el gobierno de embarcaciones de recreo llegará a los agentes sociales en los próximos días. Con esta reforma se busca ampliar y homologar las atribuciones de los títulos náuticos en España con el marco legislativo vigente en el contexto europeo.

Los cambios se centran en la supresión de la limitación de potencia de la licencia federativa (titulín), que con la nueva normativa permitirá gobernar embarcaciones de hasta seis metros de eslora y con potencia recomendada por el fabricante. Además, se amplía la eslora de las embarcaciones a motor y vela, hasta 8 metros, que podrán ser gobernadas con el PNB (Patrón de Navegación Básica) y se delega exclusivamente en las escuelas náuticas la expedición de dicha titulación, sin necesidad por tanto de superar los exámenes convocados por la administración.

Por otro lado, se aumentan las atribuciones del PER (Patrón de Embarcación de Recreo), con el que a partir de ahora se podrán gobernar embarcaciones de recreo sin limitación de eslora (en lugar de los 12 metros actuales), hasta 12 millas de la costa; permitiéndose la navegación entre la Islas Canarias y Baleares y también entre la península y las Islas Baleares. Del mismo modo, una  vez superada la teoría para obtener el PNB, no será necesario repetirla para acceder al PER.

Asimismo, la nueva Orden Ministerial ampliará las atribuciones del título de Patrón de Yate, que permitirá a esta figura gobernar embarcaciones sin límite de eslora (en sustitución de los 20 metros actuales) y hasta 100 millas de la costa, en lugar de las 60 actuales, incluido todo el Mar Mediterráneo.

Finalmente, se contempla la posibilidad de que los títulos náuticos de PER, Patrón de Yate y Capitán de Yate puedan llegar a desarrollar actividades profesionales a bordo de embarcaciones de recreo. No obstante, por requisitos legislativos, esta cuestión será tratada en un Real Decreto que se tramitará en paralelo a la Orden Ministerial.

Con estas mejoras y una vez que el texto sea remitido a los agentes sociales, ANEN presentará, si lo considera oportuno, las posibles alegaciones para mejorar si cabe el texto definitivo.

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